Artículos sobre: Remuneraciones y RRHH

Decreto Supremo N°67: Tasa de Cotización Adicional Diferenciada

Esta información fue extraída del Instituto de Seguridad Laboral en el siguiente link.

La aplicación del D.S. Nº 67 es un proceso que se realiza cada dos años (impares), y en el que se determina la Tasa de Cotización Adicional Diferenciada del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Ley N° 16.744.

El proceso del año 2023 tiene por finalidad realizar la respectiva evaluación de la siniestralidad de su empresa, y así determinar la tasa que regirá entre el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026.

En resumen, dada una tabla de clasificación de actividad económica de tu empresa, debes agregar a los 0,93%, un porcentaje sobre el base imponible por cada empleado.

Actividades Económicas de tu empresa en el SII



Ingresa con el RUT y clave de la empresa al www.sii.cl. Luego anda al menú "Mis Datos Tributarios". Ahí bajo el título "Actividades Económicas Vigentes" podrás encontrar los códigos. Estos códigos aparecen también en la tabla de clasificación de actividad.




Ejemplo



Para agencias de viajes, que están relacionadas a la actividad económica "Actividades de agencias de viajes y organizadores de viajes y actividades de asistencia a turistas n.c.p.", código 630400, además de los 0,93% que pagan por empleado, deben agregar 2,55%, quedando en 3,48% sobre el base imponible.



Esta tabla de clasificación de actividades económicas la puedes encontrar en este link.

Modificaciones al proceso 2023


Este año 2023 corresponde hacer nuevamente la evaluación de siniestraldiad de las empresas, y para este proceso la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha introducido algunos cambios mediante la circular N°3.649 que realizó modificaciones en los Libros II, IV y VII del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes y Enfermedades Profesionales.

Estas modificaciones implican que a partir del periodo 2023, para acceder a la rebaja o exención de la cotización adicional diferenciada, no solamente tendrán que acreditar el pago efectivo de las cotizaciones sobre esta materia, sino también haber implementado un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) en el último periodo anual, entendiendo el último periodo anual desde Julio de 2022 y por lo menos hasta julio de 2023.

Requisitos principales del SGSST


Política de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Debe ser aprobada por el Representante Legal.
Debe establecer directrices que orientan los programas y acciones de la entidad empleadora en materias de seguridad y salud en el trabajo.

Diagnóstico de situación:
Evaluación inicial del cumplimiento de aspectos legales.
Haber desarrollado una matriz de Identificación y Evaluación de Riesgos (IPER).

Programa de Trabajo Preventivo:
Debe contener las actividades y/o acciones realizadas o a realizar en materia de prevención.
Debe ser firmado por el Representante Legal.

Si quieres conocer más sobre estos requisitos del proceso 2023 de evaluación de siniestralidad y la aplicación del Decreto N°67, puedes visitar este link de la ACHS donde podrás encontrar también una charla realizada sobre este tema.

Actualizado el: 07/02/2023

¿Este artículo te resultó útil?

Comparte tu opinión

Cancelar

¡Gracias!