Artículos sobre: Remuneraciones y RRHH

¿Cuál es la remuneración de un trabajador durante su feriado anual?

De acuerdo a la legislación vigente, los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra.
Primero, es importante definir qué se entiende por "remuneración":

De acuerdo al artículo N° 41 del Código del Trabajo: "se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo".

Es fundamental considerar que ciertos beneficios o montos no se consideran parte de la remuneración para efectos del cálculo de las vacaciones. Entre estos se incluyen los bonos de colación, transporte, pérdidas de caja, viáticos y otros.

Lo anterior es importante a la hora de definir los montos a pagar por concepto de vacaciones, ya que para ellos se basará el cálculo en aquellos montos entendidos como remuneración.

Trabajadores con remuneración fija: Su remuneración íntegra se compone únicamente de su sueldo base.
Trabajadores con remuneraciones variables: La remuneración íntegra se determinará como el promedio de lo ganado en los últimos tres meses trabajados.
Trabajadores con un sueldo base y estipendios variables: La remuneración íntegra estará compuesta por la suma del sueldo base y el promedio de los montos de las remuneraciones variables.
|| Para calcular la parte variable de la remuneración durante el feriado, se tomará el promedio de las comisiones o ingresos variables correspondientes a los últimos tres meses. Este promedio se dividirá entre 30 días y se multiplicará por la cantidad de días que el trabajador esté de vacaciones, lo que resultará en el total a pagar por concepto de comisiones durante el feriado anual.


Es esencial que tanto empleadores como trabajadores conozcan estas regulaciones para asegurar un adecuado cumplimiento de los derechos laborales durante el período de vacaciones.

Aquí puedes encontrar la información directamente en la Dirección del Trabajo.

Actualizado el: 30/12/2024

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