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Paso a Paso IVA empresas digitales

Es importante comenzar revisando si tu empresa paga o no IVA. En el caso que sea 100% exenta de IVA no se debe hacer nada. El proveedor extranjero cobrará el IVA por sus servicios digitales y se le debe pagar el impuesto a él.

Por otro lado, en caso de que tu empresa sea afecta a IVA (o tengas ambos giros: afecto y exento), entonces sí debes declarar el IVA de los servicios de las empresas extranjeras. Para ello debes:
Revisar la lista del SII y confirmar si tu empresa trabaja con alguno de esos proveedores extranjeros. El IVA digital aplica solo a las empresas de este listado, por lo que si trabajas con empresas extranjeras fuera de ese listado, no se deben considerar.
Al trabajar con estas empresas extranjeras la empresa chilena debe emitir una Factura de Compra Electrónica (FCE) por cada factura que haya recibido y que haya sido emitida a partir del 1 de junio 2020. Estas se emiten al “ID“ que el SII le dio a cada una de esas empresas extranjeras.
En caso de que tu empresa no esté habilitada para emitir Facturas de Compra electrónica debe solicitarse al SII. Aquí hay una ayuda sobre este punto.


Importante: Clay no puede emitir las FCE por tu empresa por lo que es fundamental que tu o alguien de tu equipo lo haga.

Actualizado el: 24/03/2023

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